En Chile, cuando un afiliado al sistema de AFP fallece, su cónyuge tiene derecho a recibir una pensión de sobrevivencia, siempre que cumpla con los requisitos legales establecidos.
🧾 ¿Qué es la pensión de sobrevivencia?
Es un beneficio mensual que se otorga a los familiares del afiliado fallecido, incluyendo al cónyuge, con el propósito de proporcionarles un sustento económico tras la pérdida. El monto de esta pensión se determina en función de la pensión que el afiliado habría recibido al momento de su jubilación o la que estaba recibiendo si ya estaba pensionado.
👩❤️👨 Beneficios para el cónyuge
El porcentaje de la pensión de sobrevivencia que corresponde al cónyuge varía según la existencia de hijos con derecho a pensión:
60% de la pensión de referencia si no existen hijos con derecho a pensión.
50% si existen hijos con derecho a pensión; este porcentaje se incrementa al 60% cuando los hijos dejan de tener derecho a la pensión.
✅ Requisitos para acceder al beneficio
Para que el cónyuge pueda acceder a la pensión de sobrevivencia, deben cumplirse las siguientes condiciones:
El matrimonio debe haber estado vigente al momento del fallecimiento del afiliado.
El afiliado debe haber estado activo en el sistema de AFP o ser pensionado al momento de su fallecimiento.
El cónyuge debe presentar la documentación requerida ante la AFP correspondiente o a través de las oficinas de ChileAtiende.
💡 Consideraciones adicionales
Si el afiliado fallecido no tiene beneficiarios legales con derecho a pensión, los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual se consideran parte de su herencia y se distribuyen según las leyes de sucesión vigentes.
El cónyuge que recibe una pensión de sobrevivencia puede volver a casarse sin perder este beneficio.
Para obtener información detallada y realizar el trámite correspondiente, puedes consultar los siguientes recursos oficiales:
Superintendencia de Pensiones:
https://www.spensiones.cl/portal/institucional/594/w3-propertyvalue-9922.html
ChileAtiende:
https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/5258-pension-de-sobrevivencia-del-sistema-de-pensiones-afp